#La respuesta corta
Facturar a clientes extranjeros desde España se reduce a tres reglas: si tu cliente es una empresa de la UE con NIF-IVA válido en VIES, facturas sin IVA por inversión del sujeto pasivo y lo informas en el modelo 349; si es un consumidor de la UE y vendes servicios digitales, aplicas el IVA del país del cliente vía OSS; si está fuera de la UE, facturas sin IVA como exportación u operación no sujeta. Todo se declara en el modelo 303 y la factura debe ser una factura legal española — con Verifactu incluido desde tu fecha de obligación.
Lo que cambia en 2026 no son las reglas: es que ya no tiene sentido aplicarlas a mano. Si tu empresa o tu SaaS factura a clientes de varios países de forma recurrente, la validación del NIF, la mención legal correcta y el tipo de IVA deben resolverse en el momento de emitir, automáticamente. Esta guía cubre las reglas y su automatización por API.
#Los tres escenarios (y por qué lo único difícil es clasificar bien)
Las reglas cambian completamente según dónde esté tu cliente y qué sea:
- Empresa o autónomo en la UE → inversión del sujeto pasivo (ISP)
- Consumidor final en la UE (servicios digitales) → IVA del país del cliente, vía OSS
- Cliente fuera de la UE → exportación / operación no sujeta, sin IVA
(Y el cuarto, trivial: cliente en España → IVA español normal.)
Importante
Reino Unido está fuera de la UE desde el Brexit: se trata como exportación, sin modelo 349. Canarias, Ceuta y Melilla tienen también régimen propio (IGIC/IPSI, fuera del territorio de aplicación del IVA).
#Escenario 1: empresa de la UE (B2B) — inversión del sujeto pasivo
Cuando vendes servicios a una empresa o autónomo de otro Estado de la UE, la operación se localiza en destino: tú no repercutes IVA y el cliente lo autoliquida en su país (reverse charge).
Requisitos para aplicar ISP:
- Tu cliente es empresario o profesional (B2B)
- Tiene NIF-IVA intracomunitario válido, verificado en VIES
- Tú estás dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios, casilla 582 del modelo 036)
#La factura B2B intracomunitaria
FACTURA
Nº 2026-001
Fecha
15 enero 2026
Emisor
Tu razón social
NIF: B12345678
Tu domicilio fiscal en España
Cliente
ABC GmbH
NIF-IVA: DE123456789
Dirección en Alemania
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Suscripción plan Business (enero 2026) | 1.000,00€ |
Observaciones
Operación no sujeta por reglas de localización (Art. 69 LIVA). Inversión del sujeto pasivo — Reverse charge (Art. 84 LIVA y Directiva 2006/112/CE). Cliente responsable de autoliquidar el IVA en su país.
Factura generada con software adaptado a los requisitos de facturación electrónica.
Código de verificación
La mención expresa de la inversión del sujeto pasivo en la factura no es opcional: es contenido obligatorio del RD 1619/2012 para estas operaciones.
#VIES: valida antes de emitir, no después
Si el NIF-IVA del cliente no es válido en VIES en el momento de la operación, no puedes aplicar ISP: debes repercutir IVA. Validar a posteriori — cuando Hacienda pregunta — no te salva: la consecuencia típica de facturar ISP a un NIF inválido es que la AEAT te exija el IVA español no repercutido, con intereses.
Para una empresa con decenas o cientos de clientes, esto es un trabajo de máquina, no de persona: validación en el alta del cliente, revalidación periódica y bloqueo de la emisión sin IVA cuando el NIF deja de ser válido. Lo vemos en la sección de automatización.
#Modelo 349
Cada operación intracomunitaria B2B se informa en el modelo 349 (clave S para servicios, E para entrega de bienes), con carácter general trimestral — mensual si superas el umbral de 50.000 € de operaciones intracomunitarias. No presentarlo conlleva sanción aunque sea informativo.
#Escenario 2: consumidores de la UE (B2C) — OSS
Si vendes servicios digitales a particulares de otros países de la UE (SaaS, cursos, ebooks, streaming), el IVA se devenga en el país del consumidor. Para no registrarte en 27 países existe la ventanilla única OSS (One Stop Shop):
- Alta en el régimen de la Unión mediante el formulario 035 en la sede de la AEAT
- En cada venta aplicas el tipo del país del cliente (19 % Alemania, 20 % Francia, 22 % Italia…)
- Declaración trimestral única en el modelo 369, con desglose por país
- Umbral de 10.000 €/año: por debajo de ese volumen total de ventas B2C transfronterizas de este tipo puedes optar por aplicar IVA español y olvidarte del OSS
Implicación práctica para un SaaS: tu checkout debe capturar evidencia del país del cliente y distinguir B2B de B2C (presencia o no de NIF-IVA válido). Si cobras con Stripe, Stripe Tax calcula el tipo, pero no emite la factura legal ni presenta el 369.
#Escenario 3: clientes fuera de la UE
Ventas de servicios a Reino Unido, EE. UU., Latinoamérica o Asia: sin IVA español (operación no sujeta por reglas de localización; en bienes, exportación exenta del Art. 21 LIVA, con prueba de salida de la mercancía: DUA, documento de transporte).
FACTURA
Nº 2026-002
Fecha
20 enero 2026
Emisor
Tu razón social
NIF: B12345678
Tu domicilio fiscal en España
Cliente
XYZ Inc.
Tax ID: 12-3456789 (EE. UU.)
Dirección en Estados Unidos
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Desarrollo de integración API | 2.000,00€ |
Observaciones
Operación no sujeta al IVA español por reglas de localización (Art. 69 LIVA). Factura emitida conforme a la legislación española.
Factura generada con software adaptado a los requisitos de facturación electrónica.
Código de verificación
Sin modelo 349 (es solo intracomunitario); la operación se refleja informativamente en el modelo 303.
#Resumen de obligaciones por escenario
| Escenario | IVA en factura | Modelo 303 | Modelo 349 | Extra |
|---|---|---|---|---|
| Cliente en España | 21 % (general) | Devengado | — | — |
| Empresa UE (VIES válido) | 0 % — ISP | Informativa | ✓ | Alta en ROI |
| Consumidor UE (digital) | IVA del país del cliente | — (va al 369) | — | OSS (035 + 369) |
| Fuera de la UE | 0 % | Informativa | — | Prueba de exportación (bienes) |
#Automatizar la facturación internacional por API
Si emites facturas internacionales desde tu producto o tu ERP, los tres escenarios anteriores se traducen en lógica de software: identificar al cliente, validar su identificación fiscal, elegir el tratamiento de IVA y emitir la factura con la mención correcta. La API de BeeL. cubre este flujo — incluyendo Verifactu (hash encadenado, QR y registro en la AEAT) en cada emisión.
#1. Clientes extranjeros con su tipo de identificación correcto
La normativa española (y el registro Verifactu) distingue cómo se identifica un destinatario extranjero. Al crear el cliente en BeeL. indicas su country_code y el tipo de documento — por ejemplo, NIF_IVA (código 02) para el NIF-IVA intracomunitario de una empresa de la UE, o PASSPORT (03) para un particular sin identificación fiscal europea:
{
"customer_type": "LEGAL_ENTITY",
"legal_name": "ABC GmbH",
"tax_id": {
"type": "NIF_IVA",
"value": "DE123456789",
"country_code": "DE"
}
}La API valida la coherencia: un NIF_IVA no puede llevar country_code: ES, y a un cliente extranjero no se le admite un NIF español. Ese tipo de regla, aplicada en el alta, es la que evita el clásico “factura ISP emitida a un identificador que no era un NIF-IVA”.
#2. Validación de NIF españoles contra el censo de la AEAT
Para clientes españoles, BeeL. expone un endpoint de validación contra el censo de la AEAT, útil para sanear tu base de clientes antes de facturar:
curl -X POST https://app.beel.es/api/v1/nif/validate \
-H "Authorization: Bearer $BEEL_API_KEY" \
-H "Content-Type: application/json" \
-d '{ "nif": "B12345678", "legal_name": "ABC Solutions SL" }'La respuesta indica si el NIF existe en el censo (valid: true/false, con estados VALID, INVALID o PENDING si la AEAT no responde en ese momento) y devuelve el nombre fiscal registrado.
Para los NIF-IVA intracomunitarios la fuente de verdad es VIES (el sistema de la Comisión Europea, consultable vía web o por su API SOAP): valida ahí antes de aplicar ISP y conserva la evidencia de la consulta (fecha e identificador), que es lo que te protege en una comprobación.
#3. Emisión con el tratamiento de IVA correcto
Al crear la factura por API, las líneas admiten la configuración de exención con su causa — de modo que la mención legal viaja con el dato, no como texto improvisado:
curl -X POST https://app.beel.es/api/v1/invoices \
-H "Authorization: Bearer $BEEL_API_KEY" \
-H "Content-Type: application/json" \
-d '{
"type": "STANDARD",
"recipient": { "recipient_type": "EXISTING", "customer_id": "..." },
"lines": [{
"description": "Suscripción plan Business (enero 2026)",
"quantity": 1,
"unit_price": 1000.00
}]
}'La factura emitida vuelve con su qr_url, su invoice_hash y su registro Verifactu — también para clientes extranjeros: si tu domicilio fiscal está en España, Verifactu aplica a toda tu facturación, incluida la intracomunitaria y la exportación.
#4. Pruebas sin riesgo: sandbox
Toda la integración se puede desarrollar contra el sandbox de BeeL. (claves beel_sk_test_): mismas rutas, sin envíos reales a la AEAT y sin consumir tu límite de facturas. Si tus cobros internacionales llegan por Stripe, el conector Stripe + Verifactu automatiza además la emisión por cada pago, como explicamos aquí.
#Errores que siguen costando dinero
- Aplicar ISP sin VIES válido. Resultado: IVA español exigible a posteriori, de tu bolsillo. Valida en el alta y revalida periódicamente.
- Olvidar el modelo 349. Es informativo, pero su omisión se sanciona (multas de 300 € a 6.000 € según el caso). Si hay ISP, hay 349 — también por los servicios intracomunitarios que recibes (las comisiones de Stripe, por ejemplo).
- Repercutir IVA español a un consumidor alemán estando sobre el umbral OSS. El IVA pertenecía a Alemania: doble corrección (rectificativa + regularización OSS).
- Exportar bienes sin guardar la prueba de salida. Sin DUA o documento de transporte, Hacienda puede exigir el IVA de la operación.
- Tratar la facturación internacional como excepción manual. Si tu volumen crece, cada factura “especial” hecha a mano es un punto de fallo. La clasificación (España / UE B2B / UE B2C / fuera UE) debe estar codificada.
#Preguntas frecuentes
¿Puedo facturar en dólares u otra divisa?
Sí. Puedes emitir la factura en la divisa pactada, pero la cuota de IVA (cuando exista) debe constar también en euros, y tu contabilidad y modelos se declaran en euros con el tipo de cambio aplicable. Para evitar fricción, muchos SaaS facturan en euros y dejan la divisa al cobro.
¿Qué hago si mi cliente de la UE no tiene NIF-IVA válido en VIES?
No puedes aplicar inversión del sujeto pasivo. Lo tratas como consumidor final: IVA del país del cliente vía OSS si es un servicio digital B2C (o IVA español bajo el umbral de 10.000 €). Si es una empresa real, pídele que regularice su alta intracomunitaria y rectifica después.
¿Tengo que pagar impuestos en el país del cliente?
Como regla general, no: tributas en España por tu beneficio (IS o IRPF). La excepción relevante es tener establecimiento permanente en el otro país. El IVA vía OSS no es “pagar impuestos fuera” en ese sentido: lo ingresas en la AEAT y ella lo distribuye.
¿Verifactu aplica a las facturas emitidas a clientes extranjeros?
Sí. Verifactu regula a quien emite con domicilio fiscal en España, no a quien recibe: la factura a tu cliente de Boston también se encadena, lleva QR y se registra en la AEAT desde tu fecha de obligación (1 de enero de 2027 sociedades, 1 de julio de 2027 autónomos).
¿Las facturas intracomunitarias necesitan alguna numeración especial?
No es obligatorio, pero usar una serie propia (por ejemplo INT-2026-) facilita el cuadre del 349 con tu libro de facturas. Por API puedes gestionar varias series y asignar cada factura a la suya.
¿Cómo corrijo una factura internacional mal emitida (por ejemplo, con IVA cuando era ISP)?
Con una factura rectificativa que sustituya o ajuste la original, devolviendo el IVA cobrado de más al cliente y regularizando el 303 (y el 349 si procede). Tienes la guía completa, incluida la emisión de rectificativas por API, en facturas rectificativas.
#Conclusión
Facturar a clientes extranjeros no es difícil: es clasificable. Empresa UE con VIES → ISP + 349; consumidor UE digital → OSS + 369; fuera de la UE → sin IVA con su mención; todo → modelo 303 y factura legal española con Verifactu.
Lo que separa a una operación internacional sana de un susto con Hacienda es la sistemática: validación del identificador fiscal en el alta, tratamiento de IVA decidido por datos y mención legal generada con la factura. Si emites desde tu producto, la API de BeeL. te da ese flujo completo — clientes extranjeros tipados, validación de NIF contra la AEAT, series, rectificativas y Verifactu — con sandbox gratuito para integrarlo sin riesgo. Y si tus cobros llegan por Stripe, el conector emite la factura de cada pago automáticamente.